Este 5 de diciembre, entró en vigor la Norma Oficial Mexicana 037, comúnmente conocida como la Ley Home Office que busca regular el teletrabajo.
Por Jennifer Aguilera
Este 5 de diciembre, entra en vigor la Norma Oficial Mexicana 037, comúnmente conocida como la Ley Home Office, según lo anunciado por Jorge Alvarado Cordero, miembro de la Comisión Técnica Sector Empresarial del Colegio de Contadores Públicos de México.
Esta normativa define a un trabajador remoto como aquel que dedica un 40% o más de su tiempo laboral en un domicilio diferente al centro de trabajo. Con su implementación, las empresas asumen nuevas responsabilidades destinadas a proteger y regular el entorno de los teletrabajadores.
Al respecto, Alvarado Cordero explicó que a partir de esta fecha, las empresas se ven obligadas a cumplir con una serie de disposiciones adicionales. Entre estas, se destaca la responsabilidad del teletrabajador de reportar cualquier incidente, ya sea físico o de violencia intrafamiliar, que ocurra dentro de sus hogares.
Asimismo, se establece la autorización para que el representante del patrón visite los hogares de los trabajadores remotos para verificar el cumplimiento de los puntos establecidos en la NOM.37, especialmente en temas de seguridad y ambiente seguro.
Además, la Secretaría del Trabajo podrá iniciar revisiones en los centros de trabajo para requerir a los patrones la documentación que demuestre qué personas se encuentran contratadas bajo la modalidad de teletrabajo. Estas revisiones tienen como objetivo verificar el cumplimiento de cada punto establecido en la NOM.37, y de no ser cumplidos, los patrones podrían enfrentar sanciones.
La implementación de la Ley Home Office marca un cambio significativo en la regulación laboral mexicana, buscando garantizar condiciones adecuadas y seguras para los teletrabajadores, así como establecer responsabilidades claras para las empresas que optan por esta modalidad laboral en el país.