Medida oficial por el partido México vs Ecuador en la Ciudad de México
Este martes 30 de junio, la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México activó la medida de home office para trabajadores del Gobierno Federal en oficinas ubicadas en la capital del país, debido al partido de la Selección Mexicana contra Ecuador en los 16vos de final del Mundial de la FIFA. La decisión fue publicada por la presidenta Claudia Sheinbaum en un decreto el viernes previo, en respuesta a la importancia del evento deportivo.
Detalles y alcance de la medida en el sector público y privado
El decreto establece que el home office será obligatorio únicamente para empleados del Gobierno Federal en dependencias en la Ciudad de México. Las actividades exceptuadas de esta medida incluyen servicios de salud, seguridad pública, atención a emergencias, suministro de energía eléctrica, transporte público, organización del Mundial y trámites prioritarios que requieran presencia física de los servidores públicos. La medida no aplica para el sector privado, donde la decisión queda a discreción de los empleadores, quienes pueden optar por implementar el teletrabajo o mantener las operaciones en espacios físicos, destinando áreas para la transmisión del partido.
Contexto legal y antecedentes de la medida
El teletrabajo en México está regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual no contempla en su normativa una obligatoriedad en casos de eventos deportivos. La medida adoptada para el partido de México contra Ecuador es de carácter esporádico y no configura un trabajo remoto permanente, sino una excepción puntual. La aplicación del home office en este contexto responde a una decisión administrativa, sin que exista una reforma legal que declare el día como festivo oficial, por lo que la jornada laboral en el sector privado se mantiene en condiciones normales, salvo acuerdo entre empleador y trabajador.
Suspensión de clases y derechos laborales en la fecha
La suspensión de clases en escuelas públicas y privadas de la Ciudad de México será efectiva en todos los niveles educativos, desde preescolar hasta superior, dependientes de la Secretaría de Educación Pública. Sin embargo, no se contempla un día de descanso obligatorio para los trabajadores, ya que la legislación laboral requiere una reforma para declarar la fecha como día festivo oficial. La decisión de ausentarse o no en sus labores queda a criterio de los empleadores, quienes pueden pagar la jornada laboral de manera ordinaria si no se otorga permiso para ausentarse.
¿Qué implicaciones tiene esta medida? La suspensión de clases y la implementación del home office en el sector público buscan facilitar la asistencia y reducir la movilidad en la ciudad, en tanto que en el sector privado prevalece la flexibilidad. La continuidad laboral en empresas dependerá de las políticas internas y de los acuerdos con los empleados.





