La Audiencia Nacional reconoce la nacionalidad española a una menor venezolana
La Audiencia Nacional ha decidido otorgar la nacionalidad española a una joven venezolana, tras considerar que sus salidas del país se debieron a una cita para renovar su pasaporte en Venezuela, que se complicó por las restricciones de desplazamiento durante la crisis sanitaria de la COVID-19.
Contexto del caso y decisión judicial
La resolución judicial responde a una solicitud presentada por la joven, que fue denegada inicialmente por el Ministerio de Justicia en julio de 2021. La administración argumentó que la joven realizó varias entradas y salidas del territorio español entre noviembre de 2020 y marzo de 2021, lo que, en su opinión, violaba los requisitos de residencia continuada de dos años establecidos en el artículo 22 del Código Civil para nacionales de países iberoamericanos.
Razones que llevaron a la concesión de la nacionalidad
La Audiencia Nacional concluyó que la joven aportó la documentación necesaria para demostrar que su ausencia fue involuntaria y motivada por causas excepcionales. Durante ese período, Rosalía convivía en España con sus padres y hermanas, todos residentes legales o ya nacionales españoles, y cursaba estudios en el país. La salida de cuatro meses y cuatro días, del 27 de noviembre de 2020 al 31 de marzo de 2021, fue causada por las restricciones de la pandemia y la necesidad de renovar su pasaporte venezolano, trámite que se complicó por el cierre de fronteras y la burocracia en Venezuela, según certificó el Consulado General de España en Caracas.
Procedimiento y efectos de la sentencia
El proceso judicial inició tras la falta de respuesta administrativa a la solicitud, y posteriormente, la joven interpuso un recurso contencioso-administrativo por denegación presunta. La sentencia señala que la residencia legal y continuada en España se mantiene cuando la persona vive realmente en el país y tiene su vida personal, familiar, social y administrativa allí. La resolución ordena al Ministerio de Justicia conceder la nacionalidad solicitada y condena a la Administración al pago de costas, con un límite de 1,000 euros. La resolución puede ser recurrida en casación en un plazo de 30 días.
¿Qué implica esta decisión?
Este fallo plantea un precedente importante en casos similares, en los que las circunstancias excepcionales, como la pandemia, puedan justificar ausencias temporales y aún así mantener la residencia legal para efectos de adquisición de la nacionalidad. La decisión también subraya la importancia de la documentación y la interpretación flexible de los requisitos legales en contextos extraordinarios.
¿Qué opinas sobre este fallo y las implicaciones que puede tener en futuros casos de residencia y nacionalidad? Comparte tu opinión en los comentarios.





