La discusión en la Suprema Corte sobre los plazos para reclamar indemnizaciones por negligencia médica
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abordó este lunes 22 de junio un tema que podría afectar a miles de personas en México que buscan reparación por daños causados por instituciones públicas, especialmente en casos relacionados con servicios de salud.
El contexto del debate
Durante una sesión pública del Pleno, las ministras y ministros analizaron la constitucionalidad del artículo 25 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado. Esta disposición establece los plazos para que las personas puedan reclamar una reparación económica cuando consideran que sufrieron daños por una actuación irregular de una autoridad.
El debate adquirió relevancia porque el caso que originó la discusión tiene su raíz en una presunta negligencia médica en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Esto llevó a varios integrantes de la Corte a debatir sobre el alcance del derecho a la reparación integral del daño, el acceso a la justicia y el momento en que deben comenzar a correr los plazos legales para presentar una reclamación.
¿Qué se discutió en la Corte?
El asunto analizado corresponde al Amparo en Revisión 51/2026, en el que una persona impugnó la constitucionalidad del artículo 25 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado. La norma establece que los afectados tienen un plazo de un año para reclamar indemnizaciones por daños patrimoniales derivados de una actividad administrativa irregular del Estado. En casos donde existan daños físicos o psíquicos, este período se amplía a dos años.
El proyecto presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzo concluyó que estos plazos son constitucionales y no vulneran derechos humanos como el acceso a la justicia ni el derecho a una reparación integral. Se argumentó que la figura de la prescripción busca garantizar la seguridad jurídica, evitando que las acciones legales permanezcan abiertas indefinidamente y proporcionando certeza tanto a las víctimas como a las instituciones públicas.
El caso específico de negligencia médica en el IMSS
El origen del caso fue una reclamación por daños que presuntamente sufrió un paciente tras recibir atención médica en un hospital del IMSS. Según la exposición durante la sesión, el afectado alegó que la actuación médica le provocó afectaciones a su integridad personal, daño moral y perjuicios a su proyecto de vida. Sin embargo, las autoridades del IMSS rechazaron la reclamación, lo que llevó a una serie de recursos legales que culminaron en la discusión en la Corte.
Discrepancias entre los ministros
Dentro del Pleno, algunos ministros expresaron opiniones distintas respecto a cuándo deben comenzar a contar los plazos para reclamar. El ministro Arístides Guerrero García señaló que las consecuencias de una negligencia médica no siempre son inmediatas y que, en algunos casos, las víctimas descubren el daño meses o incluso años después, como en casos en los que se deja material quirúrgico dentro del cuerpo del paciente. Por ello, sugirió que el plazo debe comenzar cuando la víctima tenga conocimiento real del daño, y no desde la fecha del procedimiento.
Por otro lado, la ministra Loretta Ortiz Ahlf consideró que antes de determinar la constitucionalidad de la norma, sería necesario analizar la naturaleza jurídica del daño al proyecto de vida, concepto que ha sido reconocido en criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ortiz argumentó que las secuelas de una negligencia médica pueden manifestarse de manera progresiva, por lo que los plazos de prescripción podrían resultar insuficientes para garantizar una reparación efectiva.
¿Qué sigue después de la decisión?
La mayoría del Pleno respaldó la constitucionalidad del artículo 25, manteniendo vigentes los plazos actuales para reclamar indemnizaciones contra el Estado. Sin embargo, la discusión dejó abierta la posibilidad de futuras interpretaciones sobre cómo proteger los derechos de las víctimas, especialmente en casos donde los daños se descubren tiempo después de ocurridos.
Este fallo podría influir en futuros litigios relacionados con el IMSS y otras instituciones públicas, en los que las personas buscan compensación por afectaciones a su salud, integridad física o proyecto de vida. La resolución reafirma la importancia de la seguridad jurídica, pero también plantea el reto de garantizar una reparación efectiva en casos de daños que se manifiestan de manera progresiva.





